En el estado de Veracruz se avaló casarse por segunda ocasión, sin divorciarse obligatoriamente del primer matrimonio.
Un tribunal federal indicó que anular un segundo matrimonio de una persona que no esté divorciada es algo inconstitucional.
De acuerdo con el artículo 122 del Código Civil de Veracruz, se establece la nulidad automática del segundo matrimonio cuando no ha habido divorcio previo.
Asimismo, este castiga la bigamia como un delito, esto cuando la persona que contrae matrimonio con todas las formalidades legales no ha disuelto su matrimonio previo.
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Tras esto, el tribunal en materia civil consideró que esta medida es un “estereotipo de género prejuicioso” contra las relaciones extramaritales.
Esta medida se suma a las sentencias por parte de la Corte como de tribunales que han retirado importancia al matrimonio tradicional, incluyendo fallos que permiten disolverlo al día siguiente de haberlo contraído.
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